Es un término que proviene del latín y significa “escuadra”. Una norma es una regla que debe ser respetada y que permite ajustar ciertas conductas o actividades. Las normas son las pautas de ordenamiento social que se establecen en
una comunidad humana para organizar el comportamiento, las actitudes y las
diferentes formas de actuar de modo de no entorpecer el bien común.
CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS
Clases de
procedimientos
SIMBOLOGÍA DE LOS FLUJOGRAMAS
CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS
Existen distintos tipos de
normas, dependiendo de quién las promulgue, ante quién deban respetarse, quién
es el encargado de ejercer el castigo por incumplimiento, hacia quiénes son
destinadas y de quién se espera su obediencia.
Normas sociales: estas normas son dictadas a partir de
una serie de costumbres, tradiciones, y modas que prevalecen en una sociedad en
particular y frente a la cual los sujetos deben responder con su cumplimiento.
Estas reglas surgen de manera espontánea tras la repetición de determinadas
costumbres a lo largo del tiempo pero no por esto no son percibidas por el
individuo, a quien se las imponen, como no obligatorias. En caso de que un
miembro de la sociedad, del que se espera que las respete, no lo haga, puede ser
castigado con el rechazo y repudio social.
Normas religiosas: estas
normas devienen de Dios, quien las destina a todos los seres humanos, quienes
deben responder ante él con su cumplimiento. A pesar de esto, su cumplimiento
se espera por parte de la comunidad de los creyentes. En caso de que no cumplan
con las normas divinas, el individuo será castigado con la conciencia del
pecado.
Normas morales: estas normas, a diferencia de las
anteriores, no son dictadas por nadie más que por el propio individuo, es por
esto que están destinadas a sí mismo y responden a la propia conciencia. Las
normas morales, en caso de no ser obedecidas por el individuo, este será
castigado con su propio remordimiento.
Normas jurídicas: estas
leyes son formuladas por el poder legislativo y son dirigidas para todos los
individuos de una comunidad política en particular, de quienes se espera su
cumplimiento. El individuo debe responder, en caso de su incumplimiento, ante
un tribunal y será castigado con aquello que dictamine la ley.
PROCEDIMIENTO
Es un término que hace referencia a la acción que consiste en proceder, que significa actuar de una forma determinada.
El concepto, por otra parte, está vinculado a un método o una
manera de ejecutar algo.
Un
procedimiento, en este sentido, consiste en seguir
ciertos pasos predefinidos para
desarrollar una labor de manera eficaz. Su objetivo debería ser único y de
fácil identificación, aunque es posible que existan diversos procedimientos que
persigan el mismo fin, cada uno con estructuras y etapas diferentes, y que
ofrezcan más o menos eficiencia
CARACTERÍSTICAS DE LOS PROCEDIMIENTOS
- Coherentes:
sus pasos son sucesivos, complementarios y tienden
al mismo objetivo.
- Estables:
no cambian a menudo sino cuando una situación de emergencia lo amerita.
- Flexibles:
permiten resolver emergencias y retornar a su estado inicial cuando cese
la emergencia.
- Continuidad:
tienden a perpetuarse y las modificaciones solo se agregan a las ya
establecidas.
CLASIFICACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS
Clases de
procedimientos
A continuación veremos los
tipos más comunes de procedimientos y algunas de sus características.
1.
Procedimientos Jurídicos: Es el elemento dinámico de un procesos judicial general. Está constituido principalmente de
diferentes actos jurídicos que son autónomos en sí
mismos, y forman parte de la cadena jurídica. Están contenidos dentro de un
marco estrictamente legal y conformado por una serie de diversas formalidades y
tramitaciones en lo que se refiere al inicio y desarrollo de cualquier tipo de
actividad ligada al derecho y a los códigos legales.
Si bien dijimos antes los
procedimientos forman parte de los procesos judiciales, generalmente resultan
siendo en sí un proceso judicial, aunque existen casos en los que deben
intervenir diversos procedimientos complementarios o
secundarios, que
influyen en el desarrollo total de un proceso.
2.
Procedimientos Administrativos: Este tipo de procedimientos, al igual
que los anteriores, está regulado por la ley y
enmarcado en un ámbito jurídico determinado. Su finalidad como
tal es la de formalizar la voluntad
administrativa en forma de actos por los cuales la administración
pública realiza su deber. Por lo tanto, se ve afectado por el principio de
legalidad cuando se trata de casos públicos. En lo referente a actividades
privadas, debe seguir un determinado camino restricto a la acción jurídica y
atenerse a las normas legales pero no es necesario el ordenamiento
jurídico conocido y formalizado hacia la sociedad.
DESCRIPCIÓN
DE LOS PROCEDIMIENTOS
El conjunto de elementos que
constituyen la estructura de un
procedimiento específico es el siguiente:
PORTADA; Todo procedimiento tendrá una primera
página, denominada portada, en la que aparecerán los siguientes ítems:
ENCABEZADO
Aparecerá en todas las páginas del
documento, en él aparecerá y se indicará:
·
Logotipo
de la empresa.
·
Consideración
de procedimiento mediante la cabecera PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO
·
Numero
de revisión y fecha de la misma.
·
Entrada
en vigor del procedimiento, desde su edición inicial.
TÍTULO
DEL PROCEDIMIENTO
Titulación del procedimiento que se
desarrollará según la siguiente codificación:
·
PRE:
Siglas indicativas de Procedimiento Específico.
·
ORGANIZACIÓN:
Abreviatura correspondiente a la organización.
·
XX:
Pareja de dígitos que hará referencia al capítulo de la norma ISO 9001 en el que se encaja el procedimiento.
· YY:
Número que corresponde al procedimiento dentro del mismo capítulo de la norma ISO 9001.
INDICE
Se reflejarán en él todos los
apretados del procedimiento.
RECUADROS
·
Nombre
y Apellidos de la persona que realiza la revisión del
Procedimiento.
·
Fecha
en la que se ha realizado la revisión del Procedimiento.
·
Firma
de la persona que ha realizado la revisión del Procedimiento.
·
Nombre
y Apellidos de la persona que realiza la aprobación del Procedimiento.
·
Fecha
en la que se ha realizado la aprobación del Procedimiento.
·
Firma
de la persona que ha realizado la aprobación del Procedimiento.
PIE
DE PÁGINA
En el pie se indicará lo siguiente:
·
PRE-ORGANIZACIÓN-XX-YY.
Según lo indicado anteriormente.
·
Nombre
del procedimiento
·
Número
de páginas: número de la página y número total de páginas.
1
OBJETO
Este apartado es obligado y se numera
con el 1.
En él se expondrá la actividad o
actividades que se describen en el documento.
2
ALCANCE
Este apartado es obligado y se numera
con el 2.
Aquí se delimita el ámbito de
aplicación de las actividades recogidas en el punto 1 (objeto).
3 REFERENCIAS
Este apartado es obligado y se numera
con el 3.
Se incluirá un listado con todas las
normas, documentos,
capítulos del manual de calidad,
procedimientos u otros documentos que complementen o sean necesarios para la
aplicación del documento.
4 DEFINICIONES
Este elemento es obligado y se numera
con el 4.
Se deben incluir las definiciones de
los conceptos utilizados en la redacción del
documento y cuya interpretación pudiera
inducir a error o que bien no sea de uso común. En el caso de que no se
considere necesaria la definición de ningún término de los recogidos en el
procedimiento, se podrá omitir esta cláusula eliminando este título y su
numeral del conjunto del procedimiento.
5 RESPONSABILIDADES
Este apartado es obligado y se numera
con el 5.
Aquí se recogen las responsabilidades
de los distintos intervinientes en los distintos aspectos que se contemplen en
el documento.
Las responsabilidades se asignan a
cargos o funciones, nunca nominalmente.
La explicación de estas
responsabilidades debe ser clara, concreta y sucinta.
6 DESARROLLO
Este apartado es obligado y se numera
con el 6.
Aquí se describen, por orden
cronológico, las etapas o pasos necesarios para realizar las actividades que
son objeto del procedimiento, incluyendo, entre otros, criterios de
aceptación/rechazo, medios a
utilizar, calificación del personal;
si procede.
7 REGISTROS
Este elemento es obligado y se numera
con el 7.
En él se recogerá el título de todos
los registros que dependen del procedimiento de que
se trate.
8 LISTA
DE DISTRIBUCIÓN
Este apartado es obligado y se numera
con el 8.
Se deben indicar los puestos de la
organización que han de disponer de una copia controlada del documento.
9 HISTORIAL
DE REVISIONES
Este apartado es obligado y se numera
con el 9.
Se indicará el número de la Revisión
del Procedimiento, la fecha en la que se ha realizado u las causas del cambio.
La información se recogerá en una
tabla.
10 ANEXOS
Este apartado es obligado y se numera
con el 10.
Se indicarán todos los anexos del
procedimiento, se numerarán (con cifras arábigas) y se incluirá el título y
referencia.
Como anexos se incluirán, siempre que
se considere oportuno, los diagramas de flujo que
sean necesarios para realizar una descripción sinóptica del desarrollo de
las actividades objeto del procedimiento, y de los modelos o
formatos de los registros generados por éstas.
Los anexos, si existen y cuando
procedan, llevarán...
Identificación en la parte superior.
Pie de página con la referencia:
DIAGRAMACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS
Un diagrama de flujo es una representación gráfica de un
proceso. Cada paso del proceso es representado por un símbolo diferente que
contiene una breve descripción de la etapa de proceso. Los símbolos gráficos
del flujo del proceso están unidos entre sí con flechas que indican la
dirección de flujo del proceso.
El diagrama de flujo ofrece una
descripción visual de las actividades implicadas en un proceso mostrando la
relación secuencial ente ellas, facilitando la rápida comprensión de cada
actividad y su relación con las demás, el flujo de la información y los
materiales, las ramas en el proceso, la existencia de bucles repetitivos, el
número de pasos del proceso, las operaciones de interdepartamentales… Facilita
también la selección de indicadores de proceso
SIMBOLOGÍA DE LOS FLUJOGRAMAS
Para todos los tipos de flujogramas
podemos identificar una simbología básica.
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